-------------------------------------------------------------------------------- Seguros de ART: julio 2010

martes, 27 de julio de 2010

Registro de actuaciones Judiciales de ART




La Superintendencia de Riesgos del Trabajo creó un Registro de Actuaciones Judiciales en base a la información que mensualmente deberán brindarle las ART con los juicios que realicen los trabajadores accidentados, contra su empleador o contra la ART que lo asegura .

La norma ya abrió una polémica.

Mientras la Superintendencia dice que es para defender a los trabajadores –de las propias ART o de los abogados– los profesionales laboralistas sostienen que ese Registro, en los hechos, podría servir para crear una “lista negra” a la hora de buscar un nuevo empleo.

El Superintendente Juan González Gaviola le dijo a Clarín que, si bien habrá que identificar a los que iniciaron un juicio, “no se trata de un Registro de personas sino de litigios para poder realizar una auditoria de gestión ante muchas irregularidades que se están observando , en perjuicio del trabajador accidentado y/o de las empresas”. Y descartó de plano que se trate de una “lista negra” ya que hoy las ART, con la información que tienen, podrían intercambiar datos de juicios o armar un registro.

Jorge Aimaretti, Presidente de la Unión de ART señaló que “toda la actividad de las ART está registrada informáticamente y la Superintendencia dispone de la misma, como sucede con la atención de accidentes y enfermedades, el otorgamiento de las prestaciones médicas, el pago de las indemnizaciones, las actividades de prevención o las denuncias. Si bien los juicios ya eran declarados por las ART ante la Superintendencia de Seguros, ahora este registro de juicios informático permitirá extenderse al campo de la siniestralidad, ante el importante y sostenido crecimiento del nivel de juicios”.

El abogado Horacio Schick sostiene “que la creación de este Registro no tiene fundamento”. Pero aún así, “para que no sea una práctica discriminatoria hacia los damnificados y cumplir la invocada finalidad de identificar riesgos desconocidos por la Superintendencia –argumento que no es creíble– lo que correspondería es omitir la identificación personal de los demandantes . De lo contrario significará en los hechos la creación de una “lista negra” de trabajadores que, como consecuencia de ejercer sus derechos, tendrán cercenada su posibilidad de acceder a un nuevo empleo pues los empleadores se negarán a contratarlos. Así los trabajadores con incapacidades laborativas, a esa dificultad para reinsertarse, sumarán el de figurar en ese Registro”.

fuente Clarin.com

miércoles, 21 de julio de 2010

ART con Condena judicial


Con un fallo de segunda instancia, la Justicia condenó por responsabilidad civil a una aseguradora de riesgos del trabajo (ART), a partir de una demanda realizada por una empleada de la Municipalidad de Lanús. La trabajadora pidió una indemnización, por fuera de lo dispuesto por la ley de riesgos laborales, invocando lesiones en su columna vertebral atribuidas a las tareas que le tocaba hacer.

La particularidad del caso, caratulado como "Silva, Zunilda Itatí contra Provincia ART", es que el reclamo se dirigió exclusivamente contra la aseguradora, sin acusación al municipio, su empleador.

La condena dispuesta por los jueces de la Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo está basada en que se entendió que la aseguradora no había dictado cursos de capacitación ni había entregado material informativo o expuesto carteles indicativos de los riesgos que conllevaban las tareas o de las medidas de prevención para evitar patologías.

En rigor, la Justicia ya había establecido la responsabilidad de las aseguradoras de riesgo en los casos en que no haya existido una acción efectiva para que el empleador cumpla con las normas de seguridad o para que los propios trabajadores sepan prevenir accidentes o enfermedades. Pero lo usual es que ese pronunciamiento surja en juicios contra las empresas o, como en este caso, contra el Estado en su rol de dador de trabajo.

"En este caso se deja de lado al empleador y se condena a la ART. Es un llamado de atención respecto de la importancia de cumplir con un monitoreo de las exigencias" dispuestas por la normativa para intentar evitar los siniestros, evaluó el abogado asesor de empresas Héctor García, del estudio García, Pérez Boiani y Asociados.

En la causa en particular, la demandante era auxiliar en un jardín maternal, donde se ocupaba de la limpieza del lugar y de la atención de los niños que almorzaban allí. Por los esfuerzos realizados para cumplir con el trabajo (como levantar elementos pesados), el reclamo invocó una incapacidad del 12%, y la demanda ordenó pagar una indemnización de $ 27.500 más intereses, según la tasa activa del Banco Nación.

La UIA avanza con su estrategia parlamentaria para frenar ‘leyes Recalde’

El nuevo equilibrio de fuerzas en el Congreso y la expectativa de poder tener éxito en las gestiones impulsó a muchos sectores a recuperar la capacidad de lobby, dejada de lado con el inicio del kirchnerismo. En ese nuevo marco, varios comenzaron a trabajar sobre proyectos concretos que desean frenar o motorizar.

A raíz de las iniciativas impulsadas por el abogado laboralista Héctor Recalde, la Unión Industrial Argentina (UIA) se sumó a estas acciones y está desarrollando una estrategia legislativa de corto y mediano plazo para tener la influencia en ciertos temas que no logró aún con el Gobierno.

El primer paso de los industriales consistió en enviar cartas a los presidentes de cada uno de los bloques en las cámaras de Diputados y Senadores solicitando reuniones.

En los primeros encuentros, a los que asistieron –en su gran mayoría– el secretario de la entidad fabril, José Ignacio de Mendiguren, y el prosecretario, Pablo Challú, el objetivo fue transmitirles a los legisladores los puntos de preocupación de los temas que la UIA considera de mayor riesgo: en el aspecto laboral, la ley de Riesgos de Trabajo y los denominados “proyectos de ley de Recalde”; la Ley General del Ambiente y también la Ley Penal Tributaria.

Entre las iniciativas del abogado de la CGT que repudian los industriales y que están en estudio en las comisiones de Legislación del Trabajo y Presupuesto y Hacienda, se destacan que la empresa indemnice al trabajador por robo, si se encontrara a 100 metros dentro del radio de ubicación del cajero automático; así como otra que establece la obligación del empleador a preferir, en igualdad de condiciones, a trabajadores del establecimiento para cubrir cargos superiores.

Los dirigentes también cuestionan la iniciativa que prevé la creación del Fondo Empresario Anticrisis para ayudar a los trabajadores afectados por la crisis económica internacional; la modificación del artículo 201 de la ley de Contrato de Trabajo (20.744) para que las horas extras que superen las 2 diarias, 30 mensuales o 200 anuales se paguen con un recargo del 300%, entre muchas otras.

Según la UIA, muchos de esos proyectos de Recalde no benefician al trabajador, sino que lo único que hacen es fomentar la industria del juicio debido a que “el empleado nunca cobra lo que reclama, la pyme se funde y en el medio los abogados se llevan una gran cantidad de plata”, insiste De Mendiguren ante cada legislador que visita.

Para no generar falsas interpretaciones en el Gobierno –considerando el escenario electoral 2011–, los empresarios se reunieron, y lo seguirán haciendo, con representantes de todas las banderas políticas. La intención es lograr frenar esas iniciativas y tener la posibilidad de generar nuevos proyectos que favorezcan el desarrollo industrial.

En materia de ART, la UIA insiste con la necesidad de eliminar la “doble vía”, que le permite al trabajador cobrar la indemnización por accidente laboral y luego iniciar un juicio por la vía civil por la diferencia. También quieren modificar el concepto del initinere, que es el acontecimiento producido en el trayecto desde el trabajo a la casa del empleado o viceversa.
CRONISTA.COM