-------------------------------------------------------------------------------- Seguros de ART: 2012

lunes, 3 de diciembre de 2012

Como Proceder con las liquidaciones de Riesgos del trabajo en los Formularios 931 de acuerdo a la modificación de la Ley 26.773 ?



Como Proceder con las liquidaciones de Riesgos del trabajo en los Formularios 931 de acuerdo a la modificación de la Ley 26.773 ?
En principio y hasta tanto AFIP actualice el aplicativo que contemple las modificaciones de la Ley 26.773, como así también se dicte la normativa reglamentaria sobre la materia, para el cálculo del pago de la cobertura de ART se deberán considerar las remuneraciones totales, es decir sin tope, compuesta por la sumatoria de los conceptos remunerativos y los conceptos no remunerativos, descontando solo de estos últimos lo estipulado en el artículo 7 de la Ley 24.241



 

martes, 30 de octubre de 2012

Rechazo de Comunidadseguros.com al topeo de comisiones de Riesgos del Trabajo


Compartimos el mensaje de Comunidadseguros.com


Si bien hemos recibido una comunicación de asociaciones de Productores de Seguros que se oponen al artículo 16 del Proyecto de Ley de Riesgos del Trabajo, que establece fijar un tope a las comisiones de los PAS, desde Comunidad Seguros también queremos manifestarnos en contra de esta medida.
Invitamos a quienes tampoco estén de acuerdo a compartir este mensaje en las redes sociales para que el mensaje tenga más fuerza.
NO AL TOPEO DE COMISIONES DE PRODUCTORES DE SEGUROS.
Muchas gracias,
Comunidad Seguros

Desde el 01 de Noviembre aumentan los seguros de Riesgos del Trabajo


A partir del 01/11/2012 muchas aseguradoras de riesgos del Trabajo aumentarán las tarifas con motivo de la sanción de la nueva Ley N° 26773 (de reforma de la Ley Nº 24.557 sobre los Riesgos del Trabajo), con entrada en vigencia el 01/11/2012

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jueves, 20 de septiembre de 2012

Cambio en seguros de art - riesgos del trabajo


El Gobierno argentino anunció en el día de ayer cambios en el mercado de los seguros de riesgos del trabajo, con la posibilidad de que los sindicatos ingresen en el segmento y el envío al Parlamento de un proyecto para reformar la actual ley que rige al sector.
La presidenta argentina, Cristina Fernández, anunció en un acto en la sede del Ejecutivo que ha firmado un decreto por el cual se permitirá la constitución de aseguradoras de riesgos del trabajo mutuas, es decir, firmas sin fines de lucro.
La mandataria explicó que podrán crear estas aseguradoras mutuas las asociaciones profesionales de empleadores y los sindicatos.

Continuá leyendo en:

cambio-en-seguros-de-art-riesgos-del-trabajo


viernes, 6 de julio de 2012

Riesgos del Trabajo AAPAS rechaza el límite de gastos de comercialización impuesto a los PAS


Riesgos del Trabajo
   
AAPAS rechaza el límite de gastos de comercialización
impuesto a los PAS

Las cosas en su lugar
     
     Tiempo antes del dictado del decreto 1694 B.O. 06/11-09,  que introdujera las últimas modificaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo-LRT, existieron versiones preliminares de modificación que limitaban los gastos de comercialización al 5 % del total  de lo recaudado en concepto de alícuotas.
     
   
En esa oportunidad, la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner puso el tema en su sitio justo, modificando el apartado restrictivo  por otro en el que encomendaba a la Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) y a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.) el dictado de las disposiciones necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el objeto de reducir los costos del sistema de la Ley y sus modificaciones, sin por ello afectar la calidad del servicio brindado a los asegurados y a los trabajadores.
     
    
Ver Nota Completa

domingo, 24 de junio de 2012

Reclamo de una nueva ley de ART

 "Hay riesgos de inequidad en la reparación de los daños laborales"

El presidente de la Unión de ART dice que es necesaria una ley que armonice el sistema.

En una semana más, el sistema de riesgos del trabajo cumplirá 16 años de vigencia. Pero no todas las velitas del cumpleaños iluminarán con igual intensidad, porque en un par de meses llegará otro aniversario: el octavo de la primera sentencia de la Corte Suprema que cuestionó un aspecto central de la ley y que al día de hoy, al no haberse concretado la prometida reforma legal, mantiene en vilo a aseguradoras y a sus empresas clientes.
Y hay motivos: se estima que la cantidad de juicios que se iniciarán en todo este año -más de 67.000- multiplicará por 17 el número de los presentados en 2004.
Jorge Aimaretti, presidente de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), sostiene que esa situación provoca "riesgos de inequidad" para los trabajadores e insiste en la necesidad de una ley que defina cuáles son los daños cubiertos por las nuevas prestaciones dinerarias, además de que se modifiquen los artículos cuestionados, como el que pretendió impedir el acceso a la demanda civil contra las empresas por parte de los trabajadores. "No se puede tener un interrogante permanente", dice. Reconoce que el negocio no es rentable técnicamente y que los índices de solvencia están bien, pero con tendencia a la baja.
Aun con ese escenario, el gerente general de la ART Asociart se muestra convencido de que el sistema tiene hoy más aspectos positivos que los que lo ensombrecen y afirma que si resiste es, justamente, porque "es bueno y da respuestas".
"Tenemos 8,5 millones de trabajadores cubiertos; hoy hay más prevención que en los últimos 100 años; una alta proporción de lo recaudado vuelve en servicios con una gestión médica de primer nivel y con prestaciones integrales y de por vida; se ha reducido la siniestralidad y el seguro tiene indemnizaciones superiores a los de países con regímenes comparables, como Chile y España", afirma.
-En 2009 se elevaron por decreto los montos de las prestaciones. ¿Cuánto aportó eso a una mejora de la situación?
-El decreto dio un salto cuantitativo y modificó cuestiones cualitativas, al sacar techos y disponer pisos para los pagos. Es un punto de partida de lo que yo denomino la necesidad de armonizar la reparación de accidentes de trabajo. Hoy hay una excelente reparación sistémica, pero está la concurrencia de la litigiosidad. Eso lo atribuimos a que no hay norma que articule adecuadamente las reparaciones del sistema especial con el general, que es la justicia civil. En el diseño del sistema de reparación se deben sopesar aspectos sustanciales, como la inmediatez en el acceso a las prestaciones y la mayor certidumbre sobre las responsabilidades. Hoy se corrió el eje de la transacción ideal y se produjo una desarmonización del modelo con riesgo de injusticia.
-¿Por qué ese riesgo?
-Si el sistema no es claro, al haber una forma de obtener más, el terreno es inequitativo. Cuán justo es un sistema en el que se obtiene más según la jurisdicción en la que se esté o según se haga un reclamo o no. El desafío es producir una armonización en cuanto a lo que reciben las víctimas. Hay que aspirar a una fórmula óptima de cuantificación del daño.
-Si con el decreto que mejoró los pagos no se logró, ¿qué tendría que decir la nueva ley?
-Debiera establecerse que la reparación sea adecuada. Si la ley dijera que va a haber tal reparación y que ahí está incluido el daño moral, entonces, ¿para qué ir a la Justicia por el daño moral? Creo que la mejor cuantificación es discutir qué es lo que se repara con el sistema especial y si es suficiente en términos de lo que la sociedad define como razonable. Eso da lo que se llama certidumbre. Lo que no se puede es tener un interrogante permanente.
-Luego de años sin consenso entre empresarios y la CGT, ¿cómo podría resolverse la reforma al artículo que traba el acceso a la Justicia?
-Hay tres posibilidades: volver al texto original; dejar el sistema de cúmulo como existe hoy, donde alguien cobra de la ART y luego accede a una mayor demanda (que es algo que perjudica al conjunto de los trabajadores); o habilitar la opción excluyente y que le puedas decir a la víctima que tiene el sistema, pero que puede renunciar a sus prestaciones e ir al juicio. Si se pone esta opción y el sistema es eficiente, la gente no irá a la Justicia.
-¿No podrían decirle que se especula con la urgencia de cobrar, al no pagar la prestación si se opta por el litigio?
-Es probable, pero vamos a tratar de articular el arbitraje del Estado, que es quien dirá que no hay aprovechamiento; que con la norma, el Estado diga que hay un ofrecimiento de algo que está bien calculado en función de la minusvalía, la edad y el salario. La ART está comprometida a dar las prestaciones que se dispongan.
-¿Cómo está el nivel de siniestralidad en las empresas?
-En 2011 el índice de fallecidos equivalió al 43,8% del que hubo en 1997 y el índice de incapacidades se redujo al 76,8% del que se había dado en aquel año. Entre los fallecimientos, los que son en el lugar de trabajo se redujeron del 68 al 60 por ciento. [Las estadísticas muestran que los siniestros con al menos un día caído pasaron de 70,9 por mil a 51,9 entre 1996 y 2011 y el índice de fallecidos, de 233,2 por millón a 104,7, contados los in itínere . ]
-El problema de la judicialidad, ¿es más grave para las empresas clientes que para las aseguradoras? ¿Cómo está hoy el negocio de las ART?
-En lo técnico está perdidoso. El negocio viene con una rentabilidad negativa y de alguna manera requiere el ajuste para reencauzarlo técnicamente.
-¿Están afectados los índices de solvencia?
-Están estables y tendiendo a desmejorar por esta rentabilidad negativa técnica. Los accionistas están alertas y buscan la forma de capear el temporal. Para los empresarios, somos una solución a un problema; no tener ART es un acto empresario de imprudencia de administración.

Jorge Aimaretti

Profesión : Licenciado en Seguros.
Edad : 55 años.
Nació en Santa Rosa, La Pampa, es egresado de la Universidad Argentina de la Empresa (UADE) y hace 36 años que se desempeña en el mercado asegurador. Entre 2006 y 2010, presidió la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), un cargo que volvió a asumir este mes. Es gerente general de Asociart, la ART controlada por el Grupo San Cristóbal, que tiene poco más de un millón de asegurados y se ubica segunda en el ranking, detrás de Prevención. Según datos a marzo, el sistema tiene 8,5 millones de trabajadores cubiertos en 877.000 empresas clientes de las ART.
ABREN UN NUEVO CENTRO DE RECALIFICACIÓN PROFESIONAL
Durante julio el conjunto de las ART abrirá el centro de recalificación profesional Recalificart, para dar los servicios que requiera lograr la reincorporación a la vida laboral de un trabajador que, por un accidente, haya quedado impedido de seguir haciendo las tareas que le eran habituales. Para equipar el lugar se hizo una inversión inicial de 3 millones de pesos y se estima que se invertirá una cifra similar en el primer año de operaciones.
-¿Cuál es el objetivo y cuántos serán los beneficiarios?
-La recalificación es un objetivo que nos impuso la ley; ahora cada ART lo cumple por su cuenta y vamos a la centralización. El objetivo es la reinserción del trabajador al lugar donde estaba y si eso no se puede dar, intentar que se recoloque en otra empresa. Es el objetivo más sublime para el trabajador al que no lograste curar totalmente. Para el primer año estimamos que habrá 1700 beneficiarios atendiéndose en el nuevo centro, y con un crecimiento gradual, se llegará a los 3500 por año.

Fuente: Diario La Nación

lunes, 28 de mayo de 2012

Seguro para bicicletas en Argentina


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martes, 24 de abril de 2012

ART: Se enviará al Congreso el proyecto de reforma de la ley

Carlos Tomada, ministro de trabajo, señaló que en los próximos días el Poder Ejecutivo enviará al Congreso el proyecto de reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo. Esta norma quedó fuertemente cuestionada por la Justicia hace ya más de 7 años, con fallos que declararon la inconstitucionalidad de algunos de sus artículos. Una de las versiones indicaba que el Día del Trabajador, es decir, el próximo martes, la presidenta Cristina Kirchner podría hacer un anuncio vinculado con el tema. Pero ninguna fuente oficial lo confirmó, agregó el matutino. La necesidad de la reforma legal está planteada desde 2004, cuando la Corte Suprema de Justicia dictó un fallo declarando inconstitucional el artículo 39 de la ley, que buscaba impedir que un trabajador cubierto por una ART demande por la vía civil a su empleador para intentar un mayor resarcimiento por los daños. Ese punto se convirtió en el más conflictivo con la CGT y es el que siempre estuvo lejos del consenso. Para los representantes de la CGT, la ley debería permitir que un empleado afectado por una enfermedad o accidente laboral reciba la prestación dineraria de la ART y que, al mismo tiempo, pueda demandar a su empresa. Para las entidades empresarias, debería disponerse que el trabajador quede obligado a hacer una opción entre una y otra forma de compensación. Esto generó un fuerte incremento de la judicialidad. Además, en la Justicia se cuestionan otros puntos tales como el pago en cuotas de determinadas indemnizaciones por incapacidad. "El objetivo de la ley que vamos a presentar tiene que ver con poner a la prevención en el centro del debate", dijo Tomada..

martes, 6 de marzo de 2012

Provincia ART seguros comunicará por el sistema de Ventanilla electrónica


La gerencia de Prestaciones de Provincia ART comenzará a utilizar el sistema de ventanilla electrónica para las comunicaciones obligatorias entre la empresa y los empleadores, relacionadas con siniestros.


A partir del mes de marzo, Provincia ART habilitará un nuevo canal de intercambio de información con sus clientes.

En el año 2009 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo creó la Ventanilla Electrónica como canal de intercambio de información digital con carácter fehaciente entre Aseguradoras y Empleadores.

Desde 2009 en adelante, Provincia ART ha realizado diferentes campañas de comunicación para difundir la existencia de la Ventanilla Electrónica entre sus clientes y fomentar su uso. Actualmente, la Ventanilla ya es utilizada para enviar notificaciones referidas a modificaciones de alícuotas, gestión de DDJJ faltantes o incorrectas, entre otras.

A partir del 1º de marzo, nuevas comunicaciones comenzarán a ser cursadas a través de la Ventanilla, con el objetivo de informar de manera más ágil y segura a los clientes de todos los temas referidos a la gestión de siniestros del personal a su cargo. Entre los nuevos temas que se incorporarán a las notificaciones por Ventanilla Electrónica se encuentran los siguientes:

· Suspensión de plazos para la investigación de un siniestro

· Rechazo de siniestros y aceptación / rechazo

· Reversión de rechazos

· Copia al Empleador de la notificación enviada al trabajador por abandono de tratamiento

· Información al Empleador de las ausencias injustificadas a citaciones del personal a su cargo

· Ratificación del alta laboral del trabajador siniestrado

· Cese de la prestación de ILT por alta médica o transcurso del año de baja, y ratificación del mismo

· Solicitud de visita a la empresa

· Notificación de pluriempleo

· Notificación de exámenes periódicos a realizar a los trabajadores con y sin baja laboral



Si su empresa todavía no se ha adherido al sistema de Ventanilla Electrónica, le rogamos lo haga efectivo ingresando en la web de la SRT (www.srt.gov.ar), en la opción Acceso Empleadores / Ventanilla Electrónica.



Ante cualquier duda o consulta, o bien para recibir asesoramiento sobre este tema, Usted puede comunicarse con el Centro de Atención al Cliente al 0800-333-1278 o por e-mail a la siguiente dirección: info@provart.com.ar

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jueves, 1 de marzo de 2012

Fusion entre RSA y EL COMERCIO



Se sello un acuerdo concretando la fusion de las compañías El Comercio y Royal Sun Alliance Seguros, este acuerdo estrategico les permitirá a las compañías posicionarse entre uno de los cinco grupos más importante del sector asegurador de la República Argentina. De esta forma, el nuevo grupo se convertirá en uno de los principales jugadores del mercado local.

jueves, 26 de enero de 2012

ART

Cómo contrato mi seguro de ART?

En principio debería cotizar su seguro en las Compañías de Seguros, y consultar en distintas a fin de conseguier la mejor tasa (Costo) posible. En www.segurosdeart.com lo puede hacer directamente en un sólo sitio.

Luego completar la solicitud y una serie de formuarios, hacerlos firmar por el apoderado de la firma, y junto con una copia de DNI del firmante más la copia del poder el contrato se presenta en la aseguradora, para darle el ingreso en la SRT Superintendencia de Riesgos del Trabajo. En 48 hs o 72 hs dependiendo la Compañía de Seguros, el contrato tendrá un Número y los empleados cobertura por seguro de ART.

Mas info en INFOART

lunes, 16 de enero de 2012

ART: En Marzo se tratará la nueva ley en el congreso.

Busca desalentar de manera indirecta los juicios civiles que llevan adelante los trabajadores a través de una reparación extra por daño moral

El Gobierno enviará al Congreso un nuevo proyecto de Ley de Riesgos del Trabajo que buscará crear un mecanismo indemnizatorio especial por daño moral para desalentar la "doble vía" y frenar la industria del juicio generada en el sistema a partir de los fallos de la Corte Suprema de Justicia.

De acuerdo a El Cronista Comercial, el objetivo principal del nuevo proyecto de ley apunta a desalentar la "doble vía" o "cúmulo", que le permite al trabajador siniestrado cobrar la indemnización del sistema y en paralelo demandar a su empleador y a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) en el fuero civil.

La norma no eliminará el cúmulo porque ello redundaría en nuevos fallos de inconstitucionalidad por parte del máximo tribunal de Justicia.

Por este motivo, se prevé crear un resarcimiento especial por daño moral -adicional al percibido por accidente o enfermedad- que sería cobrada por el trabajador accidentado previo renunciamiento al recurso de la demanda civil y que alcanzaría como tope al 20% de la indemnización propia del sistema, remarcó el citado periódico.

Prevén que la iniciativa ingrese por el Senado para evitar que se introduzcan grandes cambios en su paso por la Cámara de Diputados, y apuestan a que sea sancionada antes de fin de año. De acuerdo al matutino, antes de ser remitido al Congreso, el proyecto será consultado con algunos miembros de la Corte para evitar posteriores fallos de inconstitucionalidad.

La nueva iniciativa oficial también avanzará en algunos cambios respecto de las comisiones médicas y las herramientas de prevención de accidentes. Sin embargo, no habría modificaciones sustanciales en materia de accidentes in itinere, es decir aquellos que se producen en el traslado al lugar de trabajo, cuya vigencia es defendida a rajatablas por los gremios, que lo consideran un aspecto innegociable del sistema.

Fuente: iprofesional

lunes, 2 de enero de 2012

Recordemos las Obligaciones del empleador.

* Estar afiliado a una ART o autoasegurarse (sólo si cumplen con los requisitos establecidos).
* Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal.
* Informar a sus trabajadores a qué ART está afiliado.
* Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas a través de las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557 y sus normativas complementarias.
* Proteger a sus trabajadores de los riesgos que tiene su tarea.
* Adoptar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo.
* Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
* Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
* Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad, e informar los resultados de los mismos al trabajador.
* Solicitar a la ART la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
* Denunciar ante la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
* Denunciar incumplimientos de su ART ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
* Informar junto con la ART a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo o a las Administraciones de Trabajo Provinciales, según corresponda, el desarrollo y la ejecución de un Plan de Acción que contemple: evaluación periódica de los riesgos existentes y su evolución; visitas periódicas de control de cumplimiento de las normas de prevención y del plan de acción; definición de medidas correctivas que deberán ejecutar las empresas para reducir los riesgos y la accidentabilidad; propuesta de capacitación para el empleador y los trabajadores.
* Mantener un registro de accidentabilidad.
* Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos", destinado a todos aquellos que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito las sustancias consideradas cancerígenas estipuladas en la Resolución SRT N° 415/02.
* Inscribirse a través de su ART en el "Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores", destinado a todos aquellos que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito las sustancias químicas en cantidad mayor o igual a los valores estipulados en la Resolución SRT N° 743/03.
* Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Difenilos Policlorados" destinado a todos aquellos que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito difenilos policlorados estipulados en la Resolución SRT N° 497/03.
* Cumplir con el Programa de Reducción de Siniestralidad, establecido en caso de que la accidentabilidad de su empresa supere en un 10% el índice de incidencia de su sector de actividad.

Fuente: srt.gov.ar

Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos

El 15 de abril de cada año vence el plazo anual para que los empleadores se inscriban en el "Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos", creado por la SRT. De modo que todos los empleadores que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito los agentes y sustancias considerados cancerígenos, deberán cumplir con esta obligación. La inscripción debe efectuarse por medio de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), excepto en el caso de los empleadores autoasegurados, que deberán inscribirse directamente ante la SRT. Asimismo, existe el compromiso de las ART de brindar asesoramiento y ofrecer asistencia técnica a sus empleadores afiliados comprendidos en esta obligación, con el propósito de fomentar su cumplimiento y su correcta implementación.
FUENTE: SRT

¿Qué se debe hacer en caso de accidente de un trabajador?

Cuando un trabajador informa al empleador un accidente de trabajo, el empleador debe solicitar a la ART que se le brinden inmediatamente la atención y las prestaciones médica y asistenciales correspondientes, de acuerdo con las instrucciones que recibió oportunamente de parte de la aseguradora. La ART tiene la obligación de entregarle material informativo a los empleadores sobre los pasos a ejecutar en caso de accidente de trabajo. La atención médica también puede ser gestionada directamente por el trabajador accidentado, sus familiares o cualquier otra persona, ante la ART o ante un prestador por ella habilitado.

En la credencial que la ART debe entregar a los trabajadores cubiertos, consta el número telefónico para llamar en forma gratuita al Centro Coordinador de Atenciòn Permanente (CeCAP) que brinda asistencia y orientación en caso de accidente de trabajo.

Por otra parte, cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la ART debe iniciar inmediatamente una serie de investigaciones, a fin de analizar qué fue lo que falló y evitar que vuelva a ocurrir un accidente similar en el establecimiento o en otros establecimientos.