-------------------------------------------------------------------------------- Seguros de ART: El diabético, ¿puede trabajar?

martes, 28 de junio de 2011

El diabético, ¿puede trabajar?


La mayor parte de lo que comemos se convierte en glucosa, una forma de azúcar, que funciona como fuente de energía para las células del cuerpo. La insulina, elaborada por el pancreas ayuda a que la glucosa llegue a todas las células del cuerpo. Pero en las personas con diabetes, el cuerpo no produce suficiente insulina, o no la produce en absoluto. Y allí viene el problema, que nos interesa en este caso, una persona que padece ésta enfermedad ¿puede realizar todo tipo de trabajo?. Rápidamente podríamos contestar que sí. Pero es indudable que hay tareas que por los propios riesgos de la misma no son recomendables para que las realice un diabético, y sobre todo si es insulino dependiente.

1. Diabetes
La diabetes es un desorden del metabolismo humano, que es el proceso que convierte el alimento en energía. La insulina es el factor más importante en este proceso, ya que le permite entrar en las células. Durante la digestión se descomponen los alimentos para crear glucosa que es la mayor fuente de combustible para el cuerpo.
Es un problema de salud que afecta a la humanidad sin importar sus condiciones de desarrollo. Existen por lo menos 30 millones de diabéticos en el mundo y el número de casos nuevos aumenta rápidamente, a medida que asciende el promedio de vida del hombre, cambia su manera de vivir y mejora la detección de esta enfermedad. Además el estrés que se vive actualmente actúa agravando el problema
La diabetes es un estado de hiperglucemia crónica debido a una deficiencia de la hormona insulina que segregan las células beta del páncreas. Este desequilibrio origina alteraciones en el metabolismo de carbohidratos, proteínas y lípidos, los cuales se manifiestan por varios signos y síntomas característicos tales como; sed intensa, micción profusa, pérdida de peso y deseo de comer constante. La evolución natural se acompaña de alteraciones progresivas en los vasos capilares del riñón y de la retina, lesiones de los nervios periféricos y arteriosclerosis.

1.2.Tipos de Diabetes
Hay dos tipos de diabetes. La diabetes tipo 1, también se llama diabetes insulino-dependiente, que se diagnostica generalmente durante la infancia. En este tipo de diabetes, el páncreas produce poca insulina, o no la produce, así que quien la padece debe realizarse inyecciones diarias de insulina. Entre 5 y 10 por ciento de todos los casos conocidos de diabetes son del tipo 1.
La forma más común es la diabetes tipo 2, que también se llama diabetes no dependiente de insulina. Aunque ésta generalmente se presenta en los adultos de edad mediana, los adolescentes y los adultos jóvenes también están desarrollando diabetes tipo 2 a una velocidad alarmante. Entre 90 y 95 por ciento de los casos de diabetes son del tipo 2.
Un buen control de los niveles de azúcar es posible mediante las siguientes medidas básicas: una dieta planificada, actividad física, toma correcta de medicamentos, y chequeos frecuentes del nivel de azúcar en la sangre.

1.3.Control de glucosa.
En la actualidad los que padecen diabetes cuentan con el progreso tecnológico en la confección de aparatos con los que pueden medir su nivel de glucosa en su propio hogar. Cada vez son más pequeños y más rápidos que los modelos antiguos, y funcionan con muestras de sangre más pequeñas. La verdad que son muy útiles y hoy no existe prácticamente posibilidad que quien quiera hacer un uso racional de esta enfermedad para su bien, no cuente con la tecnología adecuada. Algo totalmente impensado solamente treinta años atrás.

Ley de la Diabetes

Ley 23.753/89 - Decreto reglamentario 1271

ARTICULO 2º .- La diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público, como en el privado.

ARTICULO 3º .- El Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá la constitución de juntas médicas especializadas para determinar las circunstancias de incapacidad específica que puedan presentarse para el ingreso laboral, así como para determinar incapacidades parciales o totales, transitorias o definitivas, que encuadren al diabético en las leyes previsionales vigentes y en las que con carácter especial, promueve el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo a la reglamentación.

ARTICULO 4º .- En toda controversia judicial o administrativa en la cual el carácter de diabético sea invocado para negar, modificar o extinguir derechos del trabajador, será imprescindible el dictamen del área respectiva del Ministerio de Salud y Acción Social por intermedio de las juntas médicas especializadas del artículo 3º de la presente ley.

1.4.Educación sobre diabetes
No obstante a pesar de todos los avances en el tratamiento de la diabetes, la educación del paciente sobre su propia enfermedad sigue siendo la herramienta fundamental para su control.
La gente que sufre diabetes, a diferencia de aquellos con otros problemas médicos, no puede simplemente tomarse unas pastillas o insulina por la mañana, y olvidarse de su condición el resto del día. Cualquier diferencia en la dieta, el ejercicio, el nivel de estrés, u otros factores puede actuar sobre el nivel de azúcar en la sangre, y afectar no solamente su cuerpo si no su actuación laboral. Por lo tanto, cuanto mejor conozcan los pacientes en general los efectos de estos factores, mejor será el control que puedan realizar sobre su condición, tanto a nivel familiar como laboral.
El estilo moderno de vida, preponderantemente urbano y con una tendencia a la falta de ejercicio físico, ha llevado a que el número de personas que padecen esta enfermedad crezca significativamente en las últimas décadas.

2. Diabetes y trabajo

2.1. OMS
Haciendo énfasis en que la diabetes no constituye un obstáculo para la vida en sociedad y en el trabajo la Organización Mundial de la Salud, entre sus directivas al respecto manifiesta claramente que “un diabético debe tener las mismas posibilidades que otras personas en obtener y hacer un trabajo para el cual está vocacionalmente capacitado”.
También aclara que en lo posible deben trabajar realizando actividad física moderada, evitar tensiones nerviosas y horarios inconvenientes que interfieran con la dieta y el control de su glucosa en términos regulares.

2.2.En la Comunidad Europea
Siempre es bueno saber que ocurre con la ley en otros países, así tenemos que en la Comunidad Europea y en EEUU, tienen al respecto una legislación mas avanzada que la nuestra.
El artículo 35 de la Constitución de la CE establece que todos los empleados tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo así como a la libre elección de profesión u oficio, y la diabetes no puede ser motivo de discriminación en ningún país o estado miembro. A la persona con diabetes le afecta la problemática como a cualquier persona.
Pero no podemos olvidar que la diabetes está ahí y que la experiencia ha demostrado que las relaciones de trabajo se mediatizan muchas veces por la existencia de la misma.
No obstante la ley, lo cierto es que aún hoy en día la persona con diabetes encuentra limitaciones en el desarrollo de su vida laboral. Las causas son variadas, pero dos son fundamentales, que son la actitud de la persona para con su propia enfermedad y las relacionadas con las reticencias de muchos empresarios a contratar personas con diabetes.

Elementos a tener a mano en el ambito laboral
· 2 o 3 caramelos de disolución rápida.
· 1 vaso de jugo de frutas expri-mido o comprado, pero no dietético
· 1 vaso de gaseosa no dietética.
· 1 cucharada sopera de miel para colocar bajo la lengua para su rápida disolución y absorción.
· 1-2 terrones o sobrecitos de azúcar común.
Todas ellas son diferentes alternativas, pero es importante que se conozca un número de emergencia, para solicitar la asistencia médica.

2.3. En Estados Unidos
La Ley de Ciudadanos Americanos con Discapacidades (ADA) es una ley federal que prohíbe la discriminación de individuos con discapacidades y entre ellas está la diabetes. Además, la mayoría de los estados tienen sus propias leyes que prohíben la discriminación en el empleo en base a una discapacidad.
Aunque no todo el que tiene diabetes tiene una discapacidad según lo define la ADA, es beneficioso para el empleador intentar trabajar con empleados que tienen diabetes, a fin de ayudar a mejorar la productividad, disminuir el ausentismo y promover, en general, estilos de vida más saludables. Los empleadores también deben evitar políticas o prácticas que categóricamente excluyan a las personas con diabetes de determinados empleos y, en cambio, deben evaluar la capacidad de cada solicitante y la tarea propuesta.
Es de destacar que hay algunas empresas donde se les brinda a los empleados diabéticos:
-Una zona privada para poder comprobar los niveles de azúcar en la sangre o para aplicarse insulina.
-Un lugar para descansar hasta que los niveles de azúcar en la sangre vuelvan a ser normales.
-Recreos para comer o beber, tomar medicamentos o comprobar los niveles de azúcar en la sangre.
-Licencia para el tratamiento, la recuperación o entrenamientos sobre manejo de la diabetes.
-Cronograma de trabajo modificado o cambio de turno.
Es bueno recordar que esto ocurre sólo en los países del primer mundo con los cuales estamos “siete décadas atrasados” en el tema de prevención, según ya hemos visto anteriormente que ha sido reconocido ampliamente por las autoridades nacionales.

Factores de riesgo de diabetes:
· Exceso de peso u obesidad.
· Edad avanzada.
· Antecedentes familiares de
diabetes.
· Diabetes durante el embarazo.

2.4. En nuestro país

2.4.1. La diabetes en la ley
En relación al trabajo y la diabetes en nuestro país está la ley 23.753/89, que especifica claramente en su artículo 2do. “Que la diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público, como en el privado”. (Ver recuadro Ley de la Diabetes).
Es que más allá de las legislaciones existentes, siempre existe un cierto resquemor, sobre todo en empleados y empleadores poco informados, acerca de que un diabético puede significar ausentismo frecuente, bajo rendimiento laboral e incluso la eventualidad de ciertas descompensaciones en el ámbito laboral.
No es que toda persona con diabetes vaya a ver agravada indefectiblemente su capacidad de trabajo, sino que el simple hecho de tener diabetes trae consigo la objetiva inclusión de potenciales problemas que el empresario a veces no quiere o no puede tener en cuenta.

2.4.2. Discriminación y omisión
Además de todo lo que implica ser portador de una enfermedad crónica (tratamientos, controles periódicos, etc.), los diabéticos tienen una preocupación agregada: la posible discriminación en el lugar de trabajo.
A decir verdad, este prejuicio también ocupa el pensamiento de los familiares de un diabético recientemente diagnosticado e, incluso, el del propio paciente.
Claro está que existe un elemento central para evitar inconvenientes: la necesidad de una concientización plena del diabético acerca de la importancia de encontrarse bien controlado, de seguir las indicaciones terapéuticas de su médico y de no desoír sus consejos respecto al plan de medicación, dieta y actividad física.
Pero existe otra faceta respecto a la diabetes en el ámbito laboral. Se trata del criterio de omitir a los jefes y a los propios compañeros de trabajo el hecho de ser diabético, sobre todo si se trata de una diabetes insulino-dependiente. De este modo, el paciente, siente que la atención y el trato que recibirá serán semejantes al de sus colegas o compañeros no diabéticos. Sin embargo, esta omisión u ocultamiento puede ejercer un efecto boomerang y volverse en contra del propio interesado.
Al respecto es necesario que el diabético piense que es necesario que, ante la eventualidad de una descompensación aguda, que quienes lo rodean conozcan cómo actuar para ayudarlo a superarla y para no experimentar situaciones de estrés o desconcierto, dadas por el hecho de desconocer qué está ocurriendo y cómo actuar en consecuencia para asistir al semejante en problemas.
Estar al tanto de lo que podría ocurrir eventualmente es importante cuando se comparten varias horas de trabajo, que muchas veces representan más horas de las que se permanece despierto en casa rodeado de la familia.
Pero sin duda lo más importante para evitar situaciones conflictivas con el diabético, es el conocimiento somero acerca de lo qué es una hipoglucemia y la importancia de actuar con rapidez para su resolución, ya sea en su domicilio o en su trabajo.

Síntomas de hipoglucemia
· Confusión
· Mareos
· Temblores
· Irritabilidad/ ansiedad
· Palidez
· Sudoración con piel fría
· Debilidad
· Problemas de descoordinación motora o intelectual
· Desmayos o pérdida del conocimiento


2.4.3.Riesgos laborales de los diabéticos
En nuestro país, la ley 24557, pide en la Declaración Jurada que todo individuo debe realizar antes de ingresar a trabajar, que debe declarar si padece o no esta enfermedad.
Legalmente, no existe razón por la cual las personas con diabetes deban ser rechazadas para algún trabajo. Las personas con diabetes deben tener los mismos derechos para solicitar empleo que una persona que no padezca diabetes.
Sin embargo, hay que reconocer que hay cierto tipo de tareas que no es conveniente que sean realizadas por diabéticos.
Sobre esas profesiones u oficios poco recomendables se barajan tres conceptos que son fundamentales; los horarios irregulares, el control de las hipoglucemias y las complicaciones crónicas.
En cuanto a la regularidad horaria se conoce que cualquier profesión que implique un horario anárquico no debería ser recomendada
Las hipoglucemias, sobre todo asintomáticas, pueden constituir un peligro para uno mismo y para los demás. Partiendo de la premisa de evitación del riesgo, hay que limitar el número de profesiones a las que no se tenga acceso por este problema y no llevarlo al absurdo. En este punto no existen reglas generales, hay que estudiar cada caso en particular.

Tenemos pues que la persona diabética, en principio podría desempeñar cualquier tipo de trabajo, con un riguroso control de la diabetes y de las situaciones de riesgo, analizando las posibles causas o factores del trabajo a realizar y de la propia persona con diabetes.

Pero hay una excepción si se han de evaluar los efectos de las condiciones del trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas. Para este supuesto debería existir un protocolo en función de factores de riesgo. A pesar de la confidencialidad de los datos, el empleador tiene derecho a recibir información sobre la aptitud para el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo y las situaciones de riesgo.
Por otro lado, como bien sabemos, el tratamiento con insulina, aún bajo un monitoreo muy cuidadoso, conlleva riesgos de hipoglucemia, que puede afectar no sólo al empleado diabético sino también a sus compañeros o al ámbito general.

Síntomas más frecuentes de la diabetes

Orinar frecuentemente.
· Sed excesiva.
· Pérdida de peso sin explicación.
· Hambre excesiva.
· Cambios repentinos en su vista
· Hormigueo o falta de sensación en las manos o los pies.
· Sentirse muy fatigado gran parte del día.
· Piel muy seca.
· Heridas que tardan mucho en sanar o que se infectan más de lo usual.
· Irritabilidad.

2.4.4. Medicina del Trabajo
A modo general el Médico del Trabajo deberá evitar enviar a trabajar a individuos diabéticos, sobre todo si son insulino dependientes, a:

-Lugares con horarios irregulares que interfieran sus reglas dietéticas.
-Trabajo nocturno o por turnos rotativos, siempre y cuando sean inconvenientes como en el punto anterior.
-Tareas de seguridad o con excesiva carga de estrés
-Tareas de conducción de vehículos de carga o de transporte de personas por el riesgo de una hipoglucemia con las consecuencias nefastas para sí o para terceros.
-Trabajos en alturas, por los mismos inconvenientes anteriormente citados.
-Tareas con excesivas cargas de calor o de frío, por las complicaciones arteriales que pueden sobrevenir.
-Tareas con alto riesgo de infección, tales como hospitales, laboratorios bacteriológicos, etc.
-Tareas con excesiva tensión ocular o alteraciones visuales, por los riesgos de una retinopatía.

Pero siempre se deberá tener en cuenta que estas son reglas mas o menos generales, pero siempre se debe tratar al empleado en forma individual. Recordemos que no hay enfermedades, si no enfermos con sus propias particularidades y sobre ellos debemos tratar.

Fuente: empresaludng.com.ar

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