Qué hacer ante un accidente de trabajo es la primera pregunta que la gente se hace cuando se encuentra frente a un incidente laboral.
Desde hace quince años funciona en el país el Sistema de Riesgos del Trabajo (SRT). Esto significa mayor prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y que más de 800.00 empresas y 8 millones de trabajadores disponen de cobertura oportuna e integral ante la ocurrencia de un accidente de trabajo. Por eso si un trabajador sufre un accidente durante la jornada laboral, o en el trayecto de ida o de regreso a su lugar trabajo, debe comunicarse de inmediato con su ART. Acceder a este servicio es un derecho del trabajador. Y es una obligación del empleador contratar una ART y cumplir con las obligaciones de salud y seguridad: brindar a sus empleados todos los elementos de protección necesarios para realizar la tarea y capacitarlos en formas seguras de trabajar, entre otras.
¿Cómo manejarse en éstas circunstancias? Denunciar inmediatamente el hecho a la ART. Los centros de atención atienden las 24 horas los 365 días del año y tienen profesionales capacitados y entrenados para guiarlo en los pasos a seguir en situaciones de emergencia. La denuncia del siniestro debe ser inmediata para garantizar la mejor atención posible al damnificado.
¿Qué sucede luego? A partir de ese momento se pone en funcionamiento un sistema de atención acorde al daño sufrido. Es un derecho de todo trabajador acceder a estas prestaciones. Esto incluye atención médica integral en todas las especialidades que requiera el accidente y cobertura de medicamentos al 100%. De ser necesario, recalificación laboral para facilitar la reinserción en el mercado de trabajo. Si la recuperación no fuera total y quedaran secuelas, el damnificado tiene derecho a percibir una indemnización en dinero según sea su grado de incapacidad.
Si como consecuencia del infortunio lamentablemente el trabajador falleciera, a partir de la información provista en la denuncia la ART se pone en contacto con sus familiares informándoles acerca de derechos, obligaciones y documentación necesaria para acceder a las prestaciones. Recabada la misma, en 15 días la familia debe percibir los beneficios que le correspondieren según lo previsto en la ley.
(*)Gerente general de Unión de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo.
Fuente: larazon.com.ar

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